En corto. Hacienda ha aplazado Verifactu a octubre de 2028, con la misma fecha para sociedades y autónomos. Los requisitos técnicos no cambian, y la factura electrónica entre empresas llega antes: en octubre de 2027 si facturas más de 8 millones de euros. Si tu empresa está en el SII, no te afecta. Si usas Odoo, hay dos caminos: el módulo oficial de Odoo (versiones 17, 18 y 19, también en Community) o el de la OCA (versiones 14 a 18). En Odoo 14, 15 y 16 solo existe el de la OCA.
Las fechas, después del tercer aplazamiento
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció en una nota informativa que aplaza hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Reglamento Verifactu. El objetivo es que Verifactu y la factura electrónica obligatoria avancen con un calendario común. Es un anuncio: el nuevo plazo tiene que aprobarse en una norma publicada en el BOE, que fijará también el día exacto.
| Norma | Sociedades (Impuesto sobre Sociedades) | Resto (autónomos en IRPF, entidades en atribución de rentas, no residentes con establecimiento permanente) |
|---|---|---|
| Real Decreto 1007/2023 (texto original) | 1 de julio de 2025 | 1 de julio de 2025 |
| Real Decreto 254/2025 | 1 de enero de 2026 | 1 de julio de 2026 |
| Real Decreto-ley 15/2025 | 1 de enero de 2027 | 1 de julio de 2027 |
| Nota de Hacienda, 5 de octubre de 2026 | Octubre de 2028 | Octubre de 2028 |
Hacienda mantiene los requisitos de integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros «en términos sustancialmente equivalentes». Lo que cambia es el calendario, no lo que tiene que hacer tu Odoo.
La factura electrónica tiene su propio calendario
El mismo 5 de octubre se publicó en el BOE la Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica y pone en marcha el calendario del Real Decreto 238/2026:
| Quién | Factura electrónica obligatoria entre empresas |
|---|---|
| Empresas y profesionales con más de 8 millones de euros de volumen de operaciones | Octubre de 2027 |
| Resto de empresas y profesionales | Octubre de 2028, a la vez que Verifactu |
Si tu empresa supera los 8 millones, la fecha que manda es la de 2027. Si no, en octubre de 2028 te llegan las dos obligaciones a la vez. En ambos casos conviene planificarlas juntas, porque las dos tocan la facturación de Odoo.
¿Te afecta?
No tienes que cumplir Verifactu si:
- Estás acogido al SII (Suministro Inmediato de Información). Según las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria, SII y Verifactu son excluyentes: quien cumple uno no tiene que cumplir el otro, y no se puede adoptar Verifactu de forma voluntaria estando en el SII.
- Facturas exclusivamente a mano, sin ningún programa.
- Tributas en territorio foral con su propia normativa (TicketBAI y equivalentes).
Si no estás en ninguno de esos casos y emites facturas con Odoo, te afecta.
Qué exige el reglamento
El Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024 obligan a que el programa de facturación genere, por cada factura, un registro de facturación que no se pueda alterar sin dejar rastro: encadenado con el anterior mediante una huella (hash), con fecha y hora, y con un código QR en la factura. Hay dos modalidades:
- VERI*FACTU: cada registro se envía a la Agencia Tributaria en el momento. Es la vía más sencilla de mantener.
- No VERI*FACTU: los registros se conservan en el propio sistema, firmados electrónicamente y con requisitos adicionales de registro de eventos.
Qué hacer en Odoo según tu versión
| Tu versión | Módulo oficial de Odoo (l10n_es_edi_verifactu) | Módulo de la OCA (l10n_es_verifactu_oca) | Recomendación |
|---|---|---|---|
| Odoo 19 | Sí (Community y Enterprise) | Aún no | Oficial |
| Odoo 18 | Sí (Community y Enterprise) | Sí | Cualquiera de los dos; elige uno, no ambos |
| Odoo 17 | Sí (Community y Enterprise) | Sí | Cualquiera de los dos; elige uno, no ambos |
| Odoo 16 | No | Sí | OCA |
| Odoo 15 y 14 | No | Sí | OCA, sin necesidad de migrar |
| Odoo 13 o anterior | No | No | Adaptación a medida o actualizar de versión (ver migración de Odoo) |
Un dato que se repite mal en muchas webs: el módulo oficial no es exclusivo de Enterprise. Odoo lo publicó en julio de 2025 dentro de su núcleo libre (licencia LGPL-3), así que funciona también en Odoo Community 17, 18 y 19.
¿Oficial u OCA? El oficial lo mantiene Odoo S.A. junto con su localización española. El de la OCA lo mantiene la comunidad, se integra con el resto de módulos de l10n-spain (los modelos de la AEAT, el SII) y es la única vía en Odoo 14, 15 y 16. La elección depende de qué otros módulos de localización ya usas.
Plan de acción en cinco pasos
- Confirma si te afecta. Si estás en el SII, no hay nada que hacer por Verifactu.
- Mira tu versión de Odoo y elige módulo según la tabla.
- Prepara el certificado digital de la empresa (o de un representante) para la comunicación con la AEAT.
- Prueba en el entorno de pruebas de la AEAT antes de activar en producción: facturas normales, rectificativas, anulaciones y series.
- Revisa quién emite la declaración responsable del sistema de facturación. Con Odoo y módulos de terceros conviene aclararlo con tu asesor y con quien mantiene tu instalación.
Lo que vemos en los proyectos
- A la mayoría le toca. De los clientes con Odoo con los que trabajamos, la mayoría no está en el SII, así que tendrá que cumplir Verifactu en octubre de 2028. Si no sabes si estás en el SII, pregúntaselo a tu asesor antes de tocar nada.
- El módulo de la OCA ya funciona en producción. Lo hemos activado en instalaciones de clientes. Lo que más tiempo lleva no es instalarlo, sino probar todos los casos de facturación de la empresa (series, rectificativas y anulaciones) en el entorno de pruebas de la AEAT antes de pasar a producción.
- De 4 a 7 días de trabajo. Es lo que suele llevar adaptar un Odoo 16, 17 o 18 que ya está en marcha, con las pruebas incluidas. Se va hacia la parte alta cuando hay muchas series o desarrollos a medida que tocan la facturación.
- Con Odoo 14 o 15 no hace falta migrar por Verifactu. El módulo de la OCA también existe para esas versiones, así que se puede cumplir sin cambiar de versión. Actualizar es otra decisión, que conviene tomar por sus propios motivos y no con la fecha de Verifactu encima.
- El aplazamiento da margen para hacerlo en orden. Si tenías prevista una migración de versión o un cambio de ERP, ahora hay tiempo de hacerla primero y activar Verifactu después, sin repetir las pruebas.
Preguntas frecuentes
¿Verifactu es lo mismo que la factura electrónica obligatoria?
No. Verifactu regula cómo registra las facturas tu programa. La factura electrónica entre empresas (Ley Crea y Crece y Real Decreto 238/2026) es otra obligación: llega en octubre de 2027 para las empresas de más de 8 millones de euros y en octubre de 2028 para el resto.
Estoy en el SII, ¿tengo que poner el QR en mis facturas?
No. Las empresas en el SII quedan fuera del reglamento y no pueden acogerse voluntariamente a Verifactu.
¿El aplazamiento a 2028 ya es oficial?
Todavía no. Es un anuncio del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026. Hasta que se publique la norma en el BOE siguen vigentes, sobre el papel, las fechas del Real Decreto-ley 15/2025.
¿Puedo seguir con Odoo 14, 15 o 16?
Sí. El módulo de la OCA cubre Verifactu en esas versiones, así que no hace falta migrar para cumplir. Si ya tenías prevista una actualización, hazla antes de activar Verifactu para no repetir las pruebas.
¿Cuánto cuesta adaptar Odoo a Verifactu?
En un Odoo 16, 17 o 18 en marcha, nuestra experiencia es de 4 a 7 días de trabajo con las pruebas incluidas. Depende sobre todo de cuántas series y desarrollos a medida toquen la facturación. Si además estás valorando un cambio de ERP, la calculadora de implantación te da un rango orientativo.
¿Lo revisamos con tu Odoo?
En una llamada de 15 minutos miramos tu versión, tu localización y si te afecta Verifactu, y te decimos qué camino tiene menos riesgo. Si ya tienes Odoo, también podemos encargarnos de la adaptación desde soporte y mantenimiento.
Fuentes (consultadas el 9 de octubre de 2026):
- Ministerio de Hacienda, nota informativa sobre el aplazamiento de Verifactu (5 de octubre de 2026).
- BOE: Orden HAC/1028/2026, de la solución pública de facturación electrónica (BOE de 5 de octubre de 2026).
- BOE: Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo — https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-7295
- BOE: Real Decreto 254/2025, de 1 de abril — https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-6600
- BOE: Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE-A-2025-24446).
- BOE: Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (Reglamento de sistemas informáticos de facturación).
- BOE: Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre — https://www.boe.es/eli/es/o/2024/10/17/hac1177
- Agencia Tributaria, preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y Verifactu — https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes/cuestiones-generales-ambitos-aplicacion.html
- Odoo, «Sistema Veri*Factu en España» (blog oficial) — https://www.odoo.com/blog/business-hacks-1/veri-factu-system-in-spain-1464
- Código de Odoo S.A., módulo
l10n_es_edi_verifactu(ramas 17.0, 18.0 y 19.0) — https://github.com/odoo/odoo - OCA, módulo
l10n_es_verifactu_oca(ramas 14.0 a 18.0) — https://github.com/OCA/l10n-spain
Publicado el 8 de octubre de 2026 y actualizado por el Equipo Zuiron el 9 de octubre de 2026, tras el aplazamiento a 2028. Cómo elaboramos nuestro contenido.